Logotipo de Abogado Penal
Consulta On-line
CONTACTE CON NOSOTROS

Circunstancia agravante: Abuso de superioridad

Circunstancia agravante: Abuso de superioridad
El artículo 22.2 del Código Penal recoge el abuso de superioridad como una de las circunstancias agravantes recogidas en este texto legal. La doctrina y la jurisprudencia han establecido el régimen a través del cual es posible reconocer la existencia de esta circunstancia.

En primer lugar, es necesario que se dé un desequilibrio de fuerzas importante, es decir, una verdadera situación de superioridad entre el sujeto que lleva a cabo la acción delictiva y la víctima, la cual puede darse como consecuencia de los medios utilizados o la pluralidad de autores.

Otro requisito mantenido por la jurisprudencia es que la superioridad debe tener como consecuencia una disminución de las posibilidades de defenderse de la víctima sin que la misma se encuentre totalmente indefensa ya que en tal caso lo que cabría observar sería la circunstancia recogida en el apartado 1 de este mismo precepto, la alevosía que supone el aseguramiento a la hora de ejecutar la acción delictiva desde un punto de vista objetivo. Los agresores deben conocer la existencia de tal superioridad y aprovecharse de ella.

Para poder aplicar la circunstancia agravante, es necesario que el abuso de superioridad no sea un elemento definido por el tipo del delito en concreto.

INFORMACIÓN Y PRESUPUESTO ON-LINE