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ASESINATO: PRECIO, RECOMPENSA O PROMESA

ASESINATO: PRECIO, RECOMPENSA O PROMESADesde una perspectiva puramente objetiva, se ha señalado la especial peligrosidad que comporta la profesionalidad del autor o su falta de relación con la víctima, lo que puede asegurar la impunidad. Desde una perspectiva subjetiva, la mayor pena se explicaría por ser la expectativa de retribución un móvil especialmente reprobable.

Para apreciar esta circunstancia no es necesario que se haya efectuado pago o contraprestación alguna, sino que basta con que el autor obre impulsado por una oferta realizada por un tercero, normalmente el inductor del delito. Otra cuestión problemática es si esta circunstancia debe tener un contenido económico o si puede ser de otra naturaleza. En principio, la mención de la recompensa y la promesa junto con el precio permite una interpretación amplia.

En los últimos tiempos el Tribunal Supremo entiende que la bilateralidad comporta una infracción del principio non bis in idem cuando el precio es el único instrumento de la inducción ya que considerarlo nuevamente a efectos de gravar la pena, pasando del homicidio al asesinato, supondría una doble valoración de un mismo elemento.

Si se sostiene la autonomía del asesinato y el fundamento objetivo de la agravante, no existen razones para rechazar la bilateralidad de la circunstancia en cuestión.

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